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Empresarios con un gran reto ante convenio aduanero con China

Actualizado: 7 mar 2020

Nota redactada por Tatiana Gutiérrez Wachong, Periodista



Medida entraría en vigencia, según Hacienda, en abril del 2021

Requisitos para cumplirlo requieren de una inversión adicional



Los empresarios que actualmente están exportando a China o quieren hacerlo a mediano o largo plazo tendrán por delante un nuevo reto aduanero, ya que las reglas del juego cambiarán a partir de abril del 2021.


El Ministerio de Hacienda anunció esta semana que había firmado un plan de acción para lograr un Arreglo de Reconocimiento Mutuo entre Costa Rica y China para sus Operadores Económicos Autorizados (OEA).


La suscripción de este plan se da luego de una reunión que sostuvieron Juan Carlos Gómez, director general de Aduanas y Li Guo, viceministro de la Administración General de Aduanas de China, en diciembre del 2019, sin embargo, se comunicó oficialmente esta semana. Empero, ¿qué requisitos deben cumplir las empresas nacionales con este programa voluntario de certificación?


Muchos de ellos implican una inversión mayor en tecnología, seguridad, estados financieros, auditorías y estar al día con una serie de obligaciones legales, lo que provocaría un gasto extra, dependiendo del status de cada compañía, que en algunos casos podría ser millonario.


Además, el exportador debe disponer de un sistema de control de inventario para el ingreso, transformación y salida de las mercancías. Así, como un procedimiento que describa cómo se realizan los trámites aduaneros y evidenciar la solvencia financiera de la empresa.


Como parte de este plan de acción suscrito con China, las autoridades del Ministerio de Hacienda confirmaron que las oficinas de ambos países a cargo del tema OEA iniciaron la revisión de la normativa y la verificación de los estándares internacionales definidos por este programa.


Además, funcionarios de OEA de China, realizaron visitas a empresas certificadas como OEA en el país, con el objetivo de constatar la implementación de aspectos de seguridad, control y cumplimiento aduanero.


Todos estos requisitos los pide el Ministerio de Hacienda, según se explica en el Decreto #38998-H, para que las empresas se incorporen a niveles óptimos de seguridad en sus operaciones comerciales y que mediante ese Programa de Facilitación Aduanera para el Comercio Confiable (Profac) se contribuya a combatir el fraude y crimen organizado, proteger la propiedad intelectual, incrementar la protección del medio ambiente y el comercio ilícito.


“Sin duda, estos requisitos son para cumplir con los lineamientos internacionales que van a generar mayores facilidades y agilidad en las importaciones desde Costa Rica hacia China y viceversa”, aseguró el exdirector de Tributación y abogado tributario, Adrián Torrealba.


Alcanzar este grado de certificación como Operador Económico Autorizado en el Programa de Facilitación Aduanera para el Comercio Confiable (Profac) tendrá como vigencia un período de cuatro años.


De previo a finalizar el período de los cuatro años, la OEA podrá gestionar nuevamente la Solicitud de Certificación Profac; en cuyo caso deberá ser presentada ante el Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas, seis meses antes del vencimiento de la certificación.


La persona que cumpla satisfactoriamente con todas las condiciones del programa será considerado por la administración aduanera como una empresa segura y de confianza. A cambio de su cumplimiento los operadores económicos autorizados disfrutarán de los beneficios otorgados por la administración para agilizar y facilitar aún más el comercio de las mercancías.


Entre los beneficios sobresalen: asignación de ejecutivos Profac, publicidad para las empresas certificadas en la web del Ministerio de Hacienda, en eventos nacionales e internacionales y publicidad escrita que se realice sobre el OEA. Además, capacitación en materia de procedimientos aduaneros y materia técnica aduanera, simplificación y facilitación de los procedimientos y operaciones aduaneras respecto a la reducción en los controles físicos y documentales. Prioridad en la atención de las gestiones aduaneras y en la aplicación de los controles aduaneros y ampliación de los horarios.


“La certificación lo convierte en un proveedor confiable ante China un país muy grande, pero con el que ya tenemos un Tratado de Libre Comercio (TLC) esto nos permitiría aumentar las relaciones comerciales”, aseguró Jaime Morales, gerente de Comercio Exterior de Grant Thornton.


Sin embargo, agregó que las autoridades aduaneras tienen un gran desafío para alcanzar la reciprocidad de un operador económico autorizado ya que es una figura relativamente nueva y con una porción muy pequeña de empresas certificadas.


De acuerdo con los registros del Ministerio de Hacienda, desde el 2011, que inició este programa únicamente 30 empresas alcanzaron la certificación en los regímenes de exportación, importación, operadores portuarios y terminales de carga.


Costa Rica ha suscrito Arreglos de Reconocimiento Mutuo de sus Operadores Económicos Autorizados también con México, Centroamérica y Colombia. Fernando Muñoz, gerente de Impuestos y especialista en temas aduaneros de Deloitte, manifestó que la intención de este tipo de planes de acción es alentar el fortalecimiento de las relaciones entre países y fortalecer la facilitación del comercio, pero ahora está pendiente ver si continuará con el cambio del Director General de Aduanas.


“La figura del OEA surge de esfuerzos de los países miembros de la Organización Mundial de Aduanas, sin embargo, no implica beneficios de arancelarios (tributarios). Los beneficios que consagra la norma van orientados a la calificación (estatus) de ser empresa de confianza, a la seguridad, y a otras medidas que buscan simplificar procedimientos u operaciones aduaneras casualmente por ese estatus de confianza y seguridad que se obtiene.


Aseguró que para la parte de beneficios arancelarios (tributarios) se tiene el Tratado de Libre Comercio que consagra un portafolio de mercancías las cuales pueden gozar de un trato arancelario preferencia

 

Requisitos:

Las personas físicas o jurídicas que deseen optar por la certificación deberán cumplir con las siguientes condiciones.


1. Historial Satisfactorio de Cumplimiento Aduanero, Tributario y Judicial y no haber sido sancionado en los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud, por conductas graves relativas a la legislación aduanera o tributaria.


2. Gestión Administrativa:

  • Disponer y mantener actualizado los permisos o autorizaciones requeridos para una correcta ejecución de sus actividades comerciales.

  • Encontrarse al día con sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social.

  • Realizar valoraciones de riesgo sobre las operaciones aduaneras y comerciales.

  • Efectuar comprobaciones y evaluaciones de las políticas internas mediante auditorías.

  • Utilizar un sistema contable informatizado para el control del giro de su negocio, así como de sus operaciones aduaneras y comerciales.

  • El exportador debe disponer de un sistema de control de inventario para el ingreso, transformación y salida de las mercancías.

  • Disponer de un procedimiento que describa como se realizan los trámites aduaneros.


3. Solvencia Financiera. La administración aduanera verificará los siguientes requisitos con base en la información de los últimos tres años fiscales:

  • Estados financieros actualizados y elaborados de acuerdo con las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

  • Reporte Crediticio del Centro de Información de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), emitido por una entidad financiera autorizada por la SUGEF.

  • Cumplimiento y capacidad de pago de sus compromisos adquiridos, así como tener los bienes y recursos para hacerle frente a sus obligaciones.

  • No haber incurrido o se encuentre solventando un proceso de administración y reorganización por intervención judicial.

  • No ser objeto de embargos judiciales.

  • No haber sido sancionado mediante sentencia o resolución condenatoria en firme por algún proceso Administrativo o Judicial por cobro o falta de pago.


4. Medidas de Seguridad. La administración aduanera conforme la naturaleza y características del tipo de actividad comercial verificará:

  • Seguridad física en las instalaciones:

  • Medidas de seguridad en límites exteriores e interiores de las instalaciones.

  • Medidas de seguridad en puertas, ventanas y casetas.

  • Medidas de seguridad en los estacionamientos para vehículos.

  • Medidas de seguridad en la estructura del Edificio.

  • Control de cerraduras y llaves.

  • Disponer de un sistema de iluminación dentro y fuera de las instalaciones.

  • Disponer de alarmas y/o cámaras de vigilancia.

  • Disponer de sistemas y/o aparatos de comunicación interna.

  • Seguridad en el acceso de personas a las instalaciones

  • Control para el acceso de visitantes, proveedores, contratistas o personal de mensajería.

  • Control para la localización y retiro de personas no autorizadas.

  • Seguridad para el ingreso, permanencia y salida de las mercancías.

  • Seguridad en el proceso de transporte.

  • Seguridad en las unidades de transporte de carga

  • Inspección de contenedores y remolques.

  • Colocación y custodia de sellos de Seguridad.

  • Almacenamiento y reparación de las unidades de transporte.

  • Seguridad en relación con los socios comerciales.

  • Seguridad en la Contratación del Personal permanente y temporal; seguimiento y finalización de la relación laboral de los empleados.

  • Seguridad de la Información y del Sistema Informático

  • Respaldo de la Información electrónica de la empresa.

  • Protección de la Información y del Sistema Informático.

  • Manejo y protección de la documentación.

  • Seguridad Industrial.

 

Beneficios:

La administración aduanera otorgará a las personas físicas o jurídicas autorizadas en la condición de Operador Económico Autorizado en el Programa de Facilitación Aduanera para el Comercio Confiable, los siguientes beneficios:

  1. Estatus de empresa confiable y segura para el Servicio Nacional de Aduanas.

  2. Asignación de ejecutivos PROFAC.

  3. Publicidad para las empresas certificadas en la web del Ministerio de Hacienda, en eventos nacionales e internacionales y publicidad escrita que se realice sobre el OEA.

  4. Capacitación en materia de procedimientos aduaneros y materia técnica aduanera.

  5. Simplificación y facilitación de los procedimientos y operaciones aduaneras respecto a: Reducción en los controles físicos y documentales.

  6. Reconocimiento internacional de los Operadores de Comercio Profac mediante Acuerdos de Reconocimiento Mutuo.

  7. Otros requisitos que disponga la Dirección General de Aduanas, según su competencia.




El mercado de China implica un desafío para los exportadores e importadores, sobre todo, por su tamaño y diferencias culturales y ahora se suma un requisito aduanero.

Foto: Wachong.





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